NIIF 5

International Financial Reporting Standard / Normas Internacionales de Información Financiera

NORMA NIIF 5

Activos no corrientes mantenidos para la Venta y Operaciones discontinuas

El objetivo de esta NIIF es especificar el tratamiento contable de los activos mantenidos para la venta. En particular, la NIIF requiere que:

(a)Los activos que cumplan los requisitos para ser clasificados como mantenidos para la venta, se valoren al menor valor entre su importe en libros y su valor razonable menos los costos de venta, así como que cese su depreciación;
(b) Especifique los activos y pasivos incluidos dentro de un grupo de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta, se presentan separadamente en el estado de situación financiera; y
(c) Especifique que los resultados de la operación discontinuada serán mostrados separadamente en el estado del resultado integral.Una entidad clasificará a un activo (o grupo) no corriente como mantenido para la venta, si su importe en libros se recuperará fundamentalmente a través de una transacción de venta y no por su uso continuado.

Para aplicar la clasificación anterior, el activo debe estar disponible para su venta inmediata, sujeto a los términos usuales y habituales para la venta de estos activos , y su venta debe ser altamente probable.Adicionalmente, la venta debe negociarse a un precio razonable, en relación con su valor razonable actual donde debe esperarse que la venta cumpla las condiciones para su reconocimiento como venta finalizada dentro del año siguiente a la fecha de clasificación .Un componente de una entidad comprende las operaciones y flujos de efectivo que pueden ser distinguidosclaramente del resto de la entidad, tanto desde un punto de vista operativo como a efectos de información financiera. Una entidad no clasificará como mantenido para la venta un activo no corriente que vaya a ser abandonado. Esto es debido a que su importe en libros va a ser recuperado principalmente a través de su uso continuado.





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